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    Ciudad de México
    La Comisión Permanente del Senado realizó la Declaratoria de Constitucionalidad de la “Ley 3 de 3” que impide a los agresores de mujeres, abusador o deudor alimentario ocupar cargos de elección popular o como servidores públicos informó Sergio Gutiérrez Luna, vicepresidente de esta comisión.


    Explicó que en la sesión de hoy se realizó la declaratoria de la reforma de los artículos 38 y 102 de la Constitución Política -conocida como “Ley 3 de 3”- aprobada el pasado 28 de abril en la Cámara de Diputados.
    Esta reforma, también avalada por los congresos estatales, impide a deudores alimentarios o quienes enfrenten un proceso por violencia en contra de mujeres poder ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
    Esto aplica a quienes tengan sentencias por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.
    Incluye los crímenes de violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
    El representante popular minatitleco puntualizó que esta reforma constitucional, conocida como “Ley 3 de 3” se aplicará para las elecciones de 2024.