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    Enrique Yasser Pompeyo
    Mesa de Redacción

    Con la reforma al Poder Judicial hay quienes esperan que se frenen los abusos de las autoridades y, sobre todo, la impunidad. El tema ha generado un debate nacional y posturas encontradas. ¿De qué se trata?

    La reforma al Poder Judicial tiene tres ejes: la elección popular de ministros, magistrados y jueces; la reforma al Consejo de la Judicatura; la integración y funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

    La iniciativa plantea que la totalidad de ministros, magistrados y jueces se renovarán por única ocasión en una elección extraordinaria que se celebrará en 2025. Los jueces, magistrados y ministros que están en funciones podrán participar en la elección y ser ratificados para un nuevo periodo.

    ¿CÓMO SE ELIGEN?

    De acuerdo con el documento, los tres Poderes de la Unión proponen candidaturas de manera igualitaria y paritaria. El Senado verificará que las candidaturas propuestas cumplan con los requisitos de ley.

    El Instituto Nacional Electoral (INE) organizará la elección, computará los votos y anunciará los resultados. Según la iniciativa, durante las campañas no se permitirá el financiamiento público o privado (se duda que ocurra), pero habrá tiempos de radio y televisión para difundir propuestas y se promoverán foros de debate.

    Hay otro dato. Los partidos políticos no podrán intervenir ni realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas (lo que seguramente nadie respetará).

    LA SUPREMA CORTE

    Se propone reducir el número de ministras y ministros de 11 a 9 integrantes, reducir el periodo de su encargo de 15 a 12 años, además de eliminar las dos Salas, de manera que la Corte sólo sesione en Pleno y siempre de manera pública.

    Se elimina la pensión vitalicia (haber de retiro) para actuales y futuros ministros, además de que las remuneraciones deberán ajustarse al tope establecido para la Presidencia de la República, sin excepción.

    CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

    Se propone sustituir al Consejo de la Judicatura Federal por dos órganos técnicos autónomos:

    1) El Tribunal de Disciplina Judicial, el cual estará integrado por 5 magistrados electos a nivel nacional, propuestos por los Poderes de la Unión y serán independientes de la SCJN.

    Dicho Tribunal será el responsable de investigar y sancionar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley, falta de profesionalismo o actos de corrupción.

    Sus sanciones incluyen amonestación, multa, suspensión o destitución (excepto ministros). Asimismo, podrá dar vista al ministerio público en caso de delitos o solicitar el juicio político ante el Congreso de la Unión.

    2) Órgano de Administración Judicial, el cual estará integrado por 5 personas designadas por un periodo de 6 años, por los Poderes de la Unión: el Poder Ejecutivo nombrará 1; el Senado 1; y la SCJN nombrará 3.

    ¿A QUIÉNES SE ELIGE?

    A nivel nacional se elegirá a 9 ministros de la SCJN para ocupar 12 años el cargo sin reelección; 5 magistrados del Tribunal de Disciplina para seis años sin reelección; y a 7 magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (PJF).

    También habrá elecciones a nivel regional, por Circuito Regional en los 32 estados. Serán 18 magistrados de Salas Regionales del Tribunal Electoral del PJF; 896 magistrados de Circuito; y 756 jueces de Distrito.

    4 PUNTOS RELEVANTES

    Justicia expedita. Se establece un plazo máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de 1 año para asuntos penales. En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.

    Suspensiones. Se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.

    Justicia local. Los Poderes Judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.

    Fideicomisos del Poder Judicial. Una vez que concluyan los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Además de que, aseguran, se respetarán los derechos y prestaciones de los trabajadores.

    ¿Cuál es el objetivo de la reforma al Poder Judicial? De acuerdo con la iniciativa se pretende brindar una mejor aplicación de la justicia, combatir la corrupción, acabar con los privilegios de unos cuantos y erradicar los abusos de autoridad. Eso es en teoría, ya se verá si ocurre en la práctica.

    enriquepompeyo@hotmail.com