Destacado

    Síguenos ahora también en WhatsApp. ¡Da clic aquí!

    Mara I. Cruz Pastrana

    La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió el caso de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl de 73 años, monolingüe, de 73 años, quien fue violada por miembros del ejército mexicano en febrero de 2007 en la comunidad de Tetlalzinga, municipio de Soledad Atzompa, Veracruz.


    La víctima falleció posteriormente debido a la falta de atención médica adecuada.
    Hechos del Caso
    El 25 de febrero de 2007, Ernestina Ascencio Rosario fue encontrada en mal estado físico cerca de un campamento militar en su comunidad. La Procuraduría General de Justicia de Veracruz (hoy FGE) inició una investigación por presunta violación, pero la determinó no ejercer acción penal en abril de 2007, argumentando que no se había probado la existencia de los delitos de violación y homicidio.
    Violación de Derechos Humanos
    La CIDH determinó que el Estado mexicano violó los derechos a la vida, la salud, la integridad personal, la honra y dignidad, las garantías judiciales, la protección judicial y la igualdad y no discriminación de Ernestina. Además, se violó el derecho a la integridad psíquica y moral de sus familiares.
    Recomendaciones de la CIDH al Estado mexicano
    •⁠ ⁠Reparar íntegramente las violaciones de los derechos humanos declaradas, tanto en aspecto material como inmaterial.
    •⁠ ⁠Iniciar una investigación penal exhaustiva y rápida para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades.
    •⁠ ⁠Entregar a la familia copia de la versión pública del expediente de investigación.
    La sentencia de la CIDH sobre el caso de Ernestina Ascencio Rosario es un paso importante hacia la justicia, sin embargo, es importante realizar un análisis crítico de la sentencia para observar los verdaderos avances, pero también vacíos en la impartición de justicia.
    •⁠ ⁠La sentencia reconoce la violencia de género como una violación de los derechos humanos, lo cual representa un avance importante en la lucha contra la violencia hacia las mujeres.
    •⁠ ⁠La sentencia establece la responsabilidad del Estado mexicano, lo que es un paso importante hacia la rendición de cuentas.
    •⁠ ⁠La sentencia ordena la reparación de las violaciones de derechos humanos, lo que incluye la investigación y sanción de los responsables materiales, la reparación económica y la implementación de medidas de no repetición por parte de las autoridades.
    •⁠ ⁠La sentencia no establece un paso específico para la implementación de las medidas ordenadas, lo que puede llevar a la falta de cumplimiento por parte del Estado mexicano.
    •⁠ ⁠La sentencia no aborda la falta de acceso a la justicia y reparación para las víctimas de violencia de género, lo que es ya un problema sistémico en México.
    •⁠ ⁠La sentencia no incorpora de manera explícita la perspectiva de género en el análisis de los hechos y la determinación de las violaciones de derechos humanos.
    El Estado mexicano:
    •⁠ ⁠Debe implementar de manera efectiva las medidas ordenadas por la CIDH, incluyendo la investigación y sanción de los responsables, así como la reparación integral inmediata a las víctimas familiares de Ernestina Ascencio Rosario.
    •⁠ ⁠Debe reformar su legislación para incorporar la perspectiva de género obligatoria y garantizar el acceso a la justicia y la reparación para las víctimas.
    •⁠ ⁠Debe capacitar y sensibilizar a los funcionarios públicos sobre la violencia de género y la importancia de la perspectiva de género en la atención de las víctimas.
    El caso de Ernestina Ascencio Rosario es un ejemplo de lo que no debe suceder en México, una muestra de la violencia más cruel, de la violencia y la impunidad que enfrentan las mujeres indígenas en Veracruz. La sentencia de la CIDH es un paso importante hacia la justicia y la reparación para la familia de Ernestina y para todas las víctimas de violencia de género, sin embardo es importante abordar las debilidades y limitaciones de la sentencia para garantizar la implementación efectiva de las medidas ordenadas y la protección de los derechos humanos de las mujeres en México.
    “Pinome xicoke nopan omotlatlamotlake, mieke mieke”
    (Soldados vestidos de verde se me echaron encima, muchos, muchos)
    Ernestina Ascencio Rosario
    Violada y asesinada a los 73 años (2007)

    Yo no puedo creer que una mujer anciana, indígena, herida, adolorida, pudiera mentir en esos momentos, antes de morir, ella dijo la verdad.