Miguel Angel Cristiani Gonzalez
Bitácora Política
Aunque el todavía alcalde de Xalapa, Peter Hipólito Rodríguez Herrero trate de minimizar e ignorar las observaciones detectadas por el ORFIS y que señalan un posible daño patrimonial por más de cinco millones y medio de pesos, lo cierto es que sí debiera preocuparle, porque si bien es cierto que en unos días más dejará de ser presidente municipal, si no se justifican las irregularidades detectadas en su administración, tan solo del año pasado, se le puede fincar responsabilidades por faltas graves, que de acuerdo con la ley se castiga hasta con prisión.
Las observaciones que hacen presumir la existencia de un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal y de las cuales el ORFIS promoverá el fincamiento de responsabilidades y determinación de daños y perjuicios de conformidad con el Título Quinto de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como con las Leyes General de Responsabilidades Administrativas y de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave suman un total de $5,501,888.64.
Así que, aunque Peter Hipólito asegure que no le preocupan las auditorias del ORFIS, ni las que le puedan hacer la entrante administración de Ricardo Ahued Bardahuil a CEMAS y otras dependencias del ayuntamiento, pues alguien le debería de explicar al alcalde, que sí deberían de preocuparle, por las consecuencias legales que pueden tener y que no son simple papelitos que hay que contestar.
Pero como Peter Hipólito es un claro ejemplo del llamado Principio de Peter o Principio de Incompetencia, que al parecer el “académico xalapeño” nunca leyó, pero sí lo aplica a la perfección.
Como es bien sabido, en Administración, el principio de Peter o principio de incompetencia de Peter, está basado en el «estudio de las jerarquías en las organizaciones modernas», o lo que Laurence J. Peter denomina «hierarchiology» («jerarquiología»).
Ese principio de Peter, afirma que las personas que realizan bien su trabajo son promocionadas a puestos de mayor responsabilidad, a tal punto que llegan a un puesto en el que no pueden formular ni siquiera los objetivos de un trabajo, y alcanzan su máximo nivel de incompetencia. Este principio, formulado por el catedrático de ciencias de la educación de la Universidad del Sur de California en su libro The Peter Principle, de 1969, afirma que: En una jerarquía, todo empleado tiende a ascender hasta su nivel de incompetencia: la nata sube hasta cortarse. Laurence J. Peter
Aunque también se dice, que el primero en hacer referencia a este concepto fue José Ortega y Gasset, quien en la década de 1910 dio forma al siguiente aforismo:
Todos los empleados públicos deberían descender a su grado inmediato inferior, porque han sido ascendidos hasta volverse incompetentes.
Pero volviendo al tema de la evaluación a las cuentas públicas del ayuntamiento de Xalapa que preside Peter Hipólito Rodríguez, de la revisión efectuada se determinó, incumplimiento a disposiciones de carácter federal, estatal y municipal que dieron lugar a la formulación del Pliego de Observaciones correspondiente, señalándose en el presente Informe aquéllas que no fueron debidamente solventadas. Asimismo, por cuanto hace a los actos y procedimientos administrativos revisados se determinaron las recomendaciones respectivas, como se señala en el apartado correspondiente.
Una vez concluido el Procedimiento de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del ejercicio 2020 y los plazos legales para la solventación de los resultados notificados en el Pliego de Observaciones, el ORFIS dictamina que derivado del análisis efectuado a las aclaraciones y documentación justificatoria y comprobatoria presentadas, éstas no fueron suficientes para solventar las observaciones que hacen presumir faltas administrativas y/o la existencia de un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal, respecto de la gestión financiera del H. Ayuntamiento de Xalapa, Ver.
Así, nada más para dar una muestra de ejemplo de las observaciones la Número: DE-087/2020/007 ADM establece que la asignación de recursos para servicios personales por $771,028,418.00 aprobada en el Presupuesto de Egresos del Ente Fiscalizable, rebasó el límite de crecimiento de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios por un importe de $18,960,975.09, incumpliendo presuntamente los servidores públicos y/o ex servidores públicos con lo dispuesto por los artículos 10 fracción I, 21 y 60, párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Así las cosas, alguien debería de explicarle a Don Peter Hipólito, que no son simples observaciones, sino posibles daños patrimoniales a la administración pública, que son castigados por la Ley.