Destacado

    Felipe de Jesús Fernández Basilio
    Desde a Janela

    La vez pasada platicamos de los nobles fines para los que fue adoptado el modelo acusatorio de justicia penal en México y vimos como principalmente los objetivos eran dos: que hubiera una certeza de cuánto tiempo iba a durar un proceso penal, para lo cual se establecieron términos precisos en los que debe de desarrollarse cada etapa procesal y que la prisión preventiva fuera verdaderamente excepcional, para lo cual se establecieron casos muy concretos en los que dicha figura operaría, así como los periodos temporales en que dicha medida cautelar debía de aplicarse.
    Sin embargo, y aunque la intención fue buena, nunca se cambió la mentalidad de los operadores involucrados en el procedimiento penal y eso ha hecho que los cambios que el constituyente permanente implementó, hayan quedado como letra muerta.
    Siendo así, que aún ahora a prácticamente una década de que comenzó la implementación del sistema penal acusatorio, todavía es común encontrarse a abogados que sostienen que el sistema vigente en relación al anterior, “es la misma gata, pero revolcada”.
    Y por desgracia, no les falta razón; ya que, si bien se implementaron y se cumplen muchas reformas en las etapas judiciales, en las fases previas a la judicialización, prácticamente no ha habido un cambio en la forma de gestionarlas.
    Y así seguimos teniendo fiscales que siguen llevando a cabo las investigaciones, cuando esa ya no es su tarea y al hacerlo se saturan de trabajo con el consiguiente rezago que ello implica; la ley procesal es muy clara al enunciar que los fiscales coordinarán la investigación y en su caso ejercerán la función acusadora en nombre del Estado (las víctimas u ofendidos tienen su propia representación particular) ante los órganos jurisdiccionales y en su lugar las policías serán las encargadas de llevar a cabo las investigaciones.
    Más la cultura general sigue siendo que desde que se presenta una denuncia o querella, ésta debe de presentarse ante la fiscalía, quien a su vez destina un gran número de elementos para recibir y procesar denuncias, llevar a cabo fases conciliatorias; cuando, por el contrario, la práctica generalmente utilizada en el mundo es que los fiscales no lleven a cabo ninguna de esas actividades y sólo cuando la naturaleza del proceso lo amerite, requiera de las policías y peritos la información necesaria para plantear el caso al juez de control.
    Siendo ese monopolio que no legalmente pero sí en la práctica, conserva la fiscalía en las fases previas a la judicialización de un proceso penal, un factor preponderante en la lentitud de las investigaciones criminales, lo que siempre ha sido un mal endémico en México.
    Llegando a tal grado esa situación que sólo para cubrir el requisito legal de la intervención de la policía en las pesquisas, los fiscales ordenan que la policía interrogue a las mismas víctimas y testigos que ya el mismo fiscal entrevistó y de quienes conoce perfectamente su testimonio y quienes lógicamente van a repetir lo mismo a los policías; situación que demuestra que la entrevista policial aparte de no aportar nada nuevo a la investigación, sólo la demora.
    De la misma manera, tenemos que los fiscales ordenan los peritajes que sean necesarios, cuando esa función también le corresponde a la policía y sucede lo mismo con las entrevistas a los investigados. No se ha entendido que la policía es quien debe de realizar todas las investigaciones y que los fiscales solamente las coordinan para fines judiciales o en palabras más sencillas, la policía es quien debe armar el rompecabezas.
    Hasta aquí vemos cómo, aunque la ley se ha modificado, continúan las mismas prácticas de siempre en la integración de las investigaciones, lo cual en nada abona a la agilización de la procuración de justicia; en una próxima entrega profundizaremos en las razones que hacen que los cambios legales que hoy comentamos, no se lleven a cabo.
    Comentarios aparte:
    Primero: El delito de ultrajes a la autoridad va a seguir vigente en sus términos por un buen tiempo debido a que la recomendación de la CNDH tiene torta bajo el brazo y esa es que se enderezó contra el gobernador y la fiscalía, pero no en contra de la legislatura y en esa última la iniciativa va a dormir el sueño de los (in)justos.
    Segunda: El presidente de la República no se ha repuesto de la exhibida que recibió y con todo lo que hace y dice en su show diario, lo único que está logrando es debilitar la investidura presidencial que cuando le conviene dice defender, ya que ahora todos los agraviados, con justa razón, le contestan con el mismo nivel de insultos que él propaga.
    felfebas@gmail.com
    Twitter: @FelipeFBasilio