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    Enrique Yasser Pompeyo

    Mesa de Redacción

    El delegado en Veracruz con funciones de presidente de Morena, Esteban Ramírez Zepeta llamó a los presidentes municipales de su partido, así como a quienes se adhirieron al mismo, cumplir con la “filosofía” de la autollamada cuarta transformación y reducir sus salarios, ya de por si elevados.

    ¿Cuántos alcaldes le harán acaso y practicarán la austeridad?

    Porque si hay algo que no se practica entre los políticos de la 4T es la austeridad.

    Funcionarios públicos, legisladores y alcaldes viajan en camionetas de lujo, algunos o muchos, con chofer y guaruras.

    Algunos hasta realizan sus traslados en caravana de tres o cuatro unidades.

    No son el mejor ejemplo para los ciudadanos, para los veracruzanos; a algunos sectores de la población no les alcanza para comer ni para cubrir sus necesidades básicas.

    ¿Practicar la austeridad? Quizá el resto de la población, pero ellos, los políticos de la cuarta transformación, ni por error.

    Ojalá y le hicieran caso a Esteban Ramírez Zepeta, pondrían el ejemplo y predicarían con los hechos.

    En verdad sería loable que lo hicieran todos los políticos de la cuarta transformación, pero más allá del discurso no sucederá.

    TERAPIAS DE CONVERSIÓN DE GÉNERO

    En la sesión del pasado jueves en el Congreso del del Estado, la diputada Tania María Cruz Mejía y el diputado Ramón Díaz Ávila presentaron una iniciativa que busca reformar el Código Penal estatal para establecer la imposición de uno a tres años de prisión, hasta cien días de trabajo en favor de la comunidad y 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien imparta u obligue a otra persona a recibir una terapia de conversión o de esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género.

    De acuerdo con la propuesta legislativa se entiende por terapias de conversión o de esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género. Así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.

    Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de 18 años, o persona que padezca alguna discapacidad, o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o persona que no tenga capacidad de resistir la conducta, se aplicará la pena máxima y se perseguirá de oficio.

    La iniciativa adicionaría una fracción VI y un penúltimo párrafo al artículo 196 del Código Penal del Estado para penalizar las terapias de conversión en Veracruz, que conlleva la prohibición de estas prácticas que atentan y vulneran los derechos de las personas que son sometidas a estos actos.

    enriquepompeyo@hotmail.com