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    Salvador Muñoz

    Los Políticos

    ¿Por qué ha de sentir más pena Actopan? ¿Por la revolquiza que le pusieron a sus autoridades municipales en el Tribunal Electoral de Veracruz? ¿O por ver realmente a quién eligieron como presidenta municipal?

    Todo esto lo origina una “decisión de Cabildo”: Eliminar en un dos por tres, muchas de sus rancherías para bajarlas a caseríos, ¿con qué objeto? ¡Para no pagar a 22 Agentes y Subagentes municipales!

    María Esther López Callejas junto con su cabildo, se hicieron la maldad solos cuando por dos ocasiones lanzaron convocatoria para participar en la Elección de Agentes y Subagentes Municipales. Luego hubo una “elección” para elegir “Comisarios”… el asunto es que la gente votó por Agentes y Subagentes, de acuerdo al juicio del TEV.

    La presidenta municipal y su cabildo, así como su administración, dieron por hecho que como ellos habían dictaminado que ya tenían 22 caseríos, pues ya no había que pagarle a nadie, por lo que los Agentes y Subagentes municipales entablaron juicio ante el Tribunal Electoral de Veracruz en demanda del pago, pues la Ley establece que son servidores públicos y en consecuencia, tienen derecho de recibir una remuneración por el desempeño de su cargo.

    Si bien es facultad del Ayuntamiento la categoría o denominación de sus centros poblacionales, hay que tomar en cuenta dos factores: uno, el último Censo General de Población y Vivienda (2020); dos, quien tiene la última palabra para crear y suprimir congregaciones, es el Congreso local… ¿y qué creen? Pues en Palacio de Encanto tuvieron que meter de última hora un anexo donde el dictamen de la Comisión Permanente de Gobernación es favorable para el Ayuntamiento: Sí a su reorganización poblacional…

    Por supuesto que esto ya lo tienen contemplado los demandantes y hasta el mismo TEV, quien en su resolución, precisa que no pasa por inadvertido que entre las pretensiones de las y los actores, se solicita que se declare la nulidad del cambio de denominación de sus centros de población para convertirlas en comisarías municipales y se declare la validez jurídica de las agencias y subagencias municipales.

    Ahora, en su momento, el TEV ha de establecer si el acto del Ayuntamiento genera una vulneración a los derechos político electorales de los Agentes y Subagentes municipales, aunque debe tenerse presente que, al día en que se dictó la sentencia contra el Ayuntamiento de Actopan, los 56 centros de población mencionados en las convocatorias de 20 de enero y 18 de febrero, han sido objeto de reconocimiento por parte del Tribunal Electoral al resolver el expediente TEV-JDC-409/2019 y acumulados (cuya sentencia representa un hecho notorio), los cuales no han sido reclasificados formalmente al rango de «Caseríos» y, por ende, las personas representantes de esos centros de población que fueron electas por el voto de la ciudadanía, detentan el carácter de Agentes y Subagentes municipales y no de «comisarios”.

    ¿Quiere otro dato? El presupuesto de Egresos comprende una partida para el pago a los Agentes y Subagentes Municipales… la pregunta entonces es: ¿A dónde ha ido a parar ese dinero etiquetado?

    Pero si eso fuera poco, la Ley habla de que los presupuestos de egresos serán aprobados por los Ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles y que cada servidor público recibirá una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades, así como que tal remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes.

    Bueno, pues el TEV expone que Actopan en su presupuesto de Egresos contempla una remuneración para cincuenta y seis plazas de agentes municipales, con un monto de entre $3700.00 (tres mil setecientos) y $4500.00 (cuatro mil quinientos) pesos; sin embargo, dicha cantidad no se ajusta a los parámetros elementales precisados en la presente sentencia, pues debe ser, cuando menos, de un salario mínimo, lo que genera la cantidad mensual de $5,186.1 (cinco mil ciento ochenta y seis) pesos, por lo que López Callejas y demás deberán de ajustar el presupuesto…

    Al principio de estos comentarios, una de las preguntas que hacía era ésta: ¿Les dará pena a los vecinos de Actopan ver realmente a quién eligieron como presidenta municipal?

    ¿Por qué este cuestionamiento? Muy simple…

    Antes de ser Presidenta Municipal, María Esther López Callejas fue Diputada local… hoy, no puede olvidar su responsabilidad con 56 comunidades, con un municipio, con cada uno de sus habitantes… Aunque a lo mejor ya olvidó que un martes seis de noviembre de 2018, la Gaceta Oficial de Gobierno del Estado, en su página 2, exponía el “ACUERDO por el que se concede licencia a la C. María Esther López Callejas, para separarse del cargo de Agente Municipal propietaria de la comunidad de Mozomboa, perteneciente al municipio de Actopan, Ver., y en consecuencia se hace el llamado de la suplente para que previa protesta asuma el cargo por el tiempo que dure la licencia…”

    Sí, se le olvidó a María Esther que ella también fue Agente Municipal… Si bien dicen que quien olvida su pasado, es seguro que condene su futuro.