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    Maribel Ramírez Topete

    Ayer, en el Congreso del Estado de Veracruz, se llevó a cabo una sesión extraordinaria para votar una reforma constitucional relacionada con la supremacía constitucional. Mi voto fue en contra, y a continuación, expongo las razones.

    El blindaje constitucional, concebido para proteger la esencia de nuestra Carta Magna, corre el riesgo de convertirse en una limitación peligrosa cuando se eliminan las acciones de inconstitucionalidad como mecanismos de defensa. Estas acciones son herramientas clave que permiten revisar y, de ser necesario, detener reformas que vulneren principios constitucionales. Sin este recurso, el blindaje actúa como una barrera casi insuperable, bloqueando cualquier intento de cuestionar reformas que, incluso, pudieran ser contrarias a los derechos fundamentales o al espíritu de nuestra Constitución.

    La imposibilidad de interponer acciones de inconstitucionalidad genera un vacío en el sistema de pesos y contrapesos. Instituciones como el poder judicial pierden su capacidad de supervisar y moderar el ejercicio del poder legislativo y ejecutivo, lo cual abre la puerta a reformas que podrían legitimar decisiones contrarias al interés público sin posibilidad de cuestionarse o revertirse. En un entorno sin este tipo de supervisión, se debilita la función del Estado de derecho, dejando los derechos fundamentales y el equilibrio de poderes a merced de decisiones políticas que podrían no representar la voluntad de la ciudadanía.

    Lejos de fortalecer el Estado de derecho, este blindaje extremo sin la posibilidad de acciones de inconstitucionalidad debilita los principios democráticos. La Constitución corre el riesgo de convertirse en un documento estático, alejado del diálogo y de la revisión democrática necesaria para evolucionar junto con la sociedad que representa.

    Para proteger realmente nuestra Constitución, debemos preservar las acciones de inconstitucionalidad como una vía legítima de revisión y defensa de los derechos consagrados en nuestra Carta Magna. Solo así podemos asegurar que el blindaje constitucional no actúe como una barrera para la justicia, sino como un verdadero resguardo de los principios que sostienen nuestro pacto social.