Hasta 9 años de cárcel a quién difunda un pack sin consentimiento.
Cómo parte de la lucha nacional por reconocer, sancionar y prevenir la violencia Digital en México la activista Olimpia Coral Melo creadora de la reforma para castigar los delitos contra la intimidad sexual ha dado batalla para que la vida íntima esté protegida en las leyes.
Es por esta razón, que desde el Frente Nacional para la Sororidad en trabajo en equipo con la Diputada Montserrat Ortega del Grupo Parlamentario del PAN, se presentó el pasado 17 de Enero la propuesta legislativa para castigar la violencia sexual ejercida a través de las nuevas tecnologías en internet, tales como la sextorción y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Esta reforma fue dictaminada con el apoyo de la Presidenta de la Comisión de Justicia la Diputada Mónica Robles que ante la necesidad de legislar se ha aprobado un dictamen a favor que se espera sea votado este 23 de Mayo en el Congreso del Estado de Veracruz.
Con el movimiento desde la sociedad civil y grupos feministas como; Defensoras Digitales, Colectivo Aquelarre, Redefine Veracruz y Colectivo Kybernus Veracruz se ha hecho una gran cruzada para lograr está aprobación, pues es impostergable este cambio legislativo.
Según las cifras del Informe de violencia en Línea contra las mujeres que realizó alianza Luchadoras, el 87.2% de los casos de esta violencia son mujeres. Además según la ficha de rastreo de Frente Nacional para la Sororidad existen en Veracruz 45 mercados de Explotación Digital, donde se publica sin consentimiento imágenes, audios y vídeos de mujeres y niñas con el fin de dañar su dignidad y vida íntima. Plataformas como Facebook y twitter es donde se publican con mayor continuidad, contenidos íntimos sin consentimiento de mujeres y menores de edad, sin restricciones, principalmente estás publicaciones acaban en diferentes tipos de violencia digital como la ciberpersecución, la sextorción y la trata virtual de personas, sin que exista un marco jurídico que las regule.
El espacio virtual es real y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento afecta la vida privada de las personas, su intimidad, dignidad y libre desarrollo de su personalidad. Según MOCIBA 2015 la violencia en espacios digitales ha afectado más a mujeres que a hombres, pues al menos 9 millones de mujeres han experimentado algún tipo de violencia digital, las afectaciones de esta violencia van desde lo físico hasta la afectación a su vida material. Por ello la importancia de garantizar un tipo penal integral que garantice el acceso a la justicia online de las personas que habitan internet.
Se estima que la comisión del delito se realiza desde dos vertientes más comunes, una mediante el jaqueo de cuentas de correo electrónico, robo de dispositivos móviles, de información en computadoras o de algún medio de almacenamiento de información, que se extrae para obtener la información personal de sus víctimas y otra más, mediante la aportación voluntaria de las víctimas en razón del vínculo emocional que mantiene con el sujeto activo del delito, hecho que se conoce como “sexting”, pero sin que ello signifique la autorización para su difusión, que generalmente se da en la ruptura de la relación sentimental, y que se utiliza para atentar contra la privacidad sexual de su víctima, hecho conocido como “pornografía de venganza”.
La reforma que propone la Diputada Monserrat Ortega es parte de un paquete de reformas impulsadas por las activistas, y sin duda alguna, es una iniciativa, adecuada a los momentos actuales, ya que establece un tipo penal especifico, sancionable, considerada como una conducta dolosa, que atenta contra la dignidad humana, de naturaleza sexual, protege el bien jurídico tutelado que es la privacidad sexual, sobre todo de las mujeres; perseguible por querella en personas mayores de edad y con derecho de las víctimas a la reparación del daño, para evitar la impunidad y evitar que las víctimas sean expuestas o exhibidas en internet y en redes sociales, sin autorización o consentimiento.
Explicado lo anterior, señalamos que la iniciativa de reforma es la siguiente:
CAPÍTULO V
“CONTRA LA PRIVACIDAD SEXUAL”
Difusión Ilícita de Imágenes íntimas
ARTÍCULO 190 catordecies. Comete el delito de violación a la intimidad sexual quien:
Por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.
Esta conducta se sancionará de cuatro a ocho años de prisión y multa de mil a dos mil veces diario vigente de la unidad de medida y actualización al momento de que se cometa el delito. Este delito se perseguirá por querella.
ARTÍCULO 190 quindecies. Las mismas penas se aumentarán hasta en una mitad del máximo de la pena cuando:
Es necesario precisar, que en México ya se encuentra legislado en materia penal federal y en algunas entidades federativas, de tal manera que no podemos mantenernos al margen de esta problemática social y que se adecua a los tiempos actuales, por ello, se busca que nuestra legislación penal del Estado, contemple dicha acción ilícita ya que la violencia sexual cibernética es muy amplia y para efectos del pronto acceso a la justicia se debe hacer una tipificación integral, como lo es que el sujeto divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen, el audio o video de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido erótico sexual, o contenido intimo o sexual por cualquier medio ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima, debiendo de manera inmediata los propietarios o administradores de las plataformas digitales a solicitud de la autoridad investigadora eliminarlo de manera definitiva de la red.
De aprobarse, Veracruz sería el cuarto 4to estado de la república en tener una reforma integral en materia penal sobre violencia digital.
Además esta reforma genera un impacto positivo en la visibilización de la perspectiva de las víctimas pues al menos 400 mujeres veracruzanas han sido víctimas y no han podido llevar un proceso judicial. Los principales municipios donde se han reportado más casos de violencia digital, según los resultados de búsqueda son: Córdoba con 31, Xalapa con 266, Poza Rica con 42, Papantla con 14, Tuxpan con 19 y Boca del Río con 152 casos. Derivado, de nuestra investigación, encontramos 3,055 videos de veracruzanas y algunas de ellas, ni siquiera saben que están alguna plataforma de internet, pues hay 47 videos grabados desde los moteles de Veracruz.
Veracruz sería el 4 estado en donde la #LeyOlimpia ha sido aprobada. Esta cruzada por los derechos de las mujeres también en internet comenzó en 2014 cuando después de la publicación de un vídeo sexual en Puebla, Olimpia vivió en carne propia la sextorción, trata virtual, ciberpersecución y la violencia sexual, ataques que la llevaron incluso al intento de suicidio. Al no haber delito en su Estado natal, se ha dedicado a visitar los congresos de México a fin de visibilizar la problemática.
Veracruz será el estado donde más se incremente la pena, pues a diferencia de Puebla y Chiapas donde esta reforma ya fue aprobada y se castiga hasta con 6 años de cárcel, en Veracruz se castigará hasta 9 años de cárcel.
La aportación de la Diputada Montserrat Ortega en este movimiento ha sido crucial, pues además se llevaron a cabo Jornadas de Educación Digital en el Estado, arrojando la necesidad de legislar al no tener un delito íntegro para que las mujeres y niñas estén seguras también en internet.
Los movimientos feministas llaman a la aprobación de esta reforma al Congreso del Estado.
«Es una reforma de la Sociedad Civil, del movimiento feminista, de nuestro derecho a la intimidad, más allá de partidos políticos @Congreso Veracruz #DíSí por las mujeres.
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