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    Enrique Yasser Pompeyo

    Mesa de Redacción

    En el Ayuntamiento de Teocelo que encabeza el alcalde Mario Chama Díaz hay crisis económica.

    La complicada situación financiera por la que atraviesa el municipio se debe a varios factores.

    De entrada, hay laudos laborales de administraciones pasadas, cuyas sentencias han obligado a las actuales autoridades a cumplir.

    En un caso se pagarán casi 300 mil pesos y hay otro de dos millones de pesos.

    Luego de que los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieran que los agentes y subagentes municipales deben recibir un remuneración, el Ayuntamiento erogará casi medio millón de pesos para pagar a 11 de ellos de manera retroactiva de enero a diciembre.

    También se pagó medio millón de pesos por concepto de cuotas al Instituto de Pensiones del Estado (IPE) que la administración anterior no hizo.

    Incluso, la Secretaría de Finanzas (Sefiplan) multó al Ayuntamiento con nueve mil pesos por el impuesto del Dos por ciento a la nómina que tampoco cubrió el pasado gobierno local.

    Las cuotas de los trabajadores del sindicato se ‘esfumaron’, por lo que la administración actual ha cubierto a la fecha un millón 200 mil pesos.

    El escenario no es alentador y pese a que las autoridades municipales buscan cumplir con las obligaciones de fin de año, el riesgo de un posible recorte de personal está latente.

    PRISIÓN POR CONTRATACIONES ILÍCITAS

    El senador del Partido Acción Nacional (PAN), Julen Rementería del Puerto, presentó una iniciativa en la que propone reformar el párrafo séptimo del artículo 212 y adiciona un capítulo IX denominado “Contratación Ilícita” y su artículo 224 BIS al Código Penal Federal, para que quien contrate personas que no cumplen con los requisitos que marca la Ley sean sancionados de dos a 6 años de prisión y de 30 a 100 días de multa.

    En dicho capítulo menciona que será responsable de contratación ilícita el servidor público que autorice cualquier tipo de contratación, selección, nombramiento o designación, de quien se encuentre impedido por disposición legal, incumpla con algún requisito señalado por la ley o esté inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.

    Asimismo, que se encuentre inhabilitado para realizar contrataciones con los entes públicos, siempre que en el caso de las inhabilitaciones, al momento de la autorización, éstas se encuentren inscritas en el sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados de la Plataforma Digital Nacional.

    Refirió que la propuesta que planteó pretende establecer en el Código Penal Federal un nuevo tipo penal dentro del Título Décimo de delitos por hechos de corrupción, y que cuando los delitos a que se refieren los artículos 214, 217, 221, 222, 223, 224, 224 bis, del presente Código sean cometidos por servidores públicos electos popularmente o cuyo nombramiento este sujeto a ratificación de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, las penas previstas serán aumentadas hasta en un tercio.

    enriquepompeyo@hotmail.com

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