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    La SCJN por mayoría de 8 votos, declaró la Inconstitucionalidad de la reforma al Código electoral aprobada por los diputados de Morena y sus aliados en el congreso del Estado en julio pasado.
    Las razones fundamentales que determinaron la decisión de la Corte fueron la violación del proceso legislativo, pues impulsaron la reforma sin observar los principios del parlamento abierto, que impone la obligación de escuchar a los organismos y personas que beneficia o afecta la medida legislativa previo a su emisión.
    Además, no solicitaron la opinión de quienes sí conocen la materia electoral como son autoridades electorales, partidos políticos, o más grave: a la ciudadanía.
    En el dictamen de la comisión de puntos constitucionales, no se aportó ningún análisis técnico financiero que acreditara que la instalación de consejos municipales constituyan gastos superfluos.
    Este fue el planteamiento que hizo Podemos en su demanda de acción de Inconstitucionalidad, la falta de seriedad y lo absurdo que resultó la reforma para reducir el gasto electoral.

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