Xalapa
Las diputadas y diputados del Grupo Legislativo del PAN en el Congreso local, votó en contra de la propuesta de nueva Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública (SESP), por vulnerar el estado de derecho, otorgar facultades extra legales y por excluir a las autoridades municipales en la toma de decisiones para fortalecer una verdadera estrategia que combata la delincuencia en la entidad.
El GLPAN consideró que la iniciativa de ley vulnera el estado de derecho y abre la posibilidad para que desde el poder, se pueda perseguir a la oposición en Veracruz.
“Se incluye un capítulo de delitos contra el funcionamiento del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sanción que antes era administrativa y ahora se convierte en penal, otorgando con esto la posibilidad de realizar una persecución política a los ediles de oposición, como recientemente sucedió en el municipio de Orizaba” aseguró el coordinador del GLPAN, Omar Miranda.
Denunciaron que las atribuciones de la nueva Dirección de Inteligencia Patrimonial y Económica, así como una Unidad de Análisis e Inteligencia, puede invadir competencias establecidas del Sistema de Administración Tributaria y su Unidad de Inteligencia Fiscal, donde se permite entre otras cosas, fiscalizar los crecimientos patrimoniales, cuentas bancarias o financieras, tanto de ciudadanos como de servidores públicos; lo cual podría convertir a esta Ley en una sumamente coercitiva en contra de los derechos humanos la ciudadania en general.
Durante la discusión, el GLPAN denunció que con esta nueva Ley otorgan una facultad extra legal al Secretariado Ejecutivo del SESP al permitir que ejerza actos de control, vigilancia, evaluación y fiscalización de los recursos, al atribuirle que de manera discrecional solicite informes a los Municipios respecto al ejercicio de los recursos en materia de seguridad pública.
Consideraron que esta Ley rompe con el principio de preservación de los hechos, ya que en lugar de establecer que cualquier grabación realizada en el lugar de los hechos deba ser entregada para su integración a la carpeta de investigación u otras acciones legales, ésta Ley en su artículo 95, faculta indebidamente, a que “Todas las grabaciones deberán almacenarse durante siete días naturales, a partir de la fecha en que ocurrió el evento o dependiendo de la capacidad técnica del grabador en su funcionamiento para su posterior respaldo si en ese periodo no son solicitadas por autoridad competente o por alguna institución policial, se destruyen”.
El GLPAN denunció que el Gobierno del Estado no consideró que los Municipios por si mismos tienen facultades constitucionales en materia de Seguridad Pública, otorgando solamente a la Secretaría de Seguridad Pública la atribución de celebrar convenios con las empresas de seguridad privada para hacerse cargo de los procesos de evaluación y control de confianza de su personal operativo.
Por último, las y los integrantes del GLPAN reservaron modificaciones a diversos artículos a la ley, mismas que fueron desechadas por los diputados de MORENA.
Hacer Comentario
Haz login para poder hacer un comentario