La diputada federal Mariana Dunyaska García Rojas dio a conocer que como parte de los acciones que realiza el “Grupo de Trabajo para el análisis del delito de feminicidio”, conformado por 12 Legisladores y Legisladoras y autoridades de la Fiscalía General de la República, este lunes en reunión plantearon una propuesta preliminar de tipo penal homologado para el delito de feminicidio, el cual buscan sea aplicable en todos los estados de la República, ésta será presentada en el Congreso Federal y en Congresos Locales.
Asimismo expuso que se realizó un análisis del el Foro Virtual “El combate al feminicidio a 8 años de su incorporación en el Sistema de Justicia: Experiencias y Desafíos” que se llevó a cabo el pasado 15 y 22 de abril en donde participaron diputadas, especialistas, académicas y representantes de la sociedad civil, donde se analizó el tipo penal vigente en las entidades federativas en las cuales hablan de razones de género y penas de prisión previstas en los distintos tipos penales, incluso hay estados que no consideran multa y otros sí, algunos las consideran por UMA y en otras a la percepción neta diaria.
Dunyaska García Rojas indicó que en dicha reunión se examinó la relevancia de que este delito sea legislado como un tipo penal autónomo, además se derivarán otras armonizaciones a leyes y códigos de manera integral.
Refirió que la propuesta de tipo penal del delito de feminicidio toma como base la redacción vigente en el artículo 325 del Código Penal Federal, con algunas modificaciones recuperadas a partir de las observaciones abordadas durante el Foro virtual.
Dentro de esta propuesta se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias como: que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en términos de este Código, en los ámbitos familiar, laboral, comunitario, político o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima, así como que haya existido entre el sujeto activo y la víctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una relación de instrucción o trato habitual, sentimental, afectiva, laboral, docente, o de confianza.
También se considera la existencia de datos que establezcan que hubo amenazas directas o indirectas, relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima o ésta haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida, y el cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público.
Proponen que quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 70 años de prisión y de 500 a 1000 días de multa.
Además el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
Asimismo plantean que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de 3 a 8 años y de 500 a mil 500 días multa, además será destituido e inhabilitado de 3 a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Hacer Comentario
Haz login para poder hacer un comentario